La Direcci\u00f3n de Tr\u00e1nsito de Bucaramanga en aras de brindar un mejor servicio ofrece la posibilidad de realizar Acuerdos de Pago, por lo que nos permitimos informarle que es indispensable cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 1066 del 2006 reglamentada por el Decreto 4473 de 2006, as\u00ed como la resoluci\u00f3n 133 de 2016 (Reglamento Interno Recaudo De Cartera), en donde se estipula que para la suscripci\u00f3n de Acuerdos de pago se exigir\u00e1, en cualquier caso el pago de una cuota inicial, del monto total de la deuda incluidos los intereses, susceptible de variar de acuerdo con el flujo de caja del deudor o al estado del proceso que contra \u00e9l se adelante, teniendo en cuenta que la garant\u00eda deber\u00e1 ser igual o superior al monto adeudado.<\/div>\n
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<\/span>Requisitos Generales<\/h2><\/span>